Incoterms 2026: Guía Completa Con Tabla Comparativa De Todos Los Términos

Si compras o vendes bienes a otro país, elegir mal un Incoterm puede traer costes inesperados y peleas sobre el transporte, el seguro o la aduana.

Esta guía te ayuda a entender las reglas vigentes en 2026 y a comparar responsabilidades con claridad.

Los Incoterms definen quién asume los costes, los trámites y el riesgo de la mercancía en cada etapa de la operación.

Más adelante encontrarás una tabla comparativa de los 11 términos, sus usos según el medio de transporte y el punto exacto en que cambia el riesgo. 

También verás cómo elegir la regla adecuada, contratar el seguro necesario y redactar la cláusula comercial sin ambigüedades.

Puntos clave a tener en cuenta antes de entrar de lleno al tema:

  • Compararás los 11 términos y sus responsabilidades principales.

  • Identificarás el momento en que se transfiere el riesgo.

  • Elegirás y redactarás la regla adecuada para tu operación.

Qué son los Incoterms y para qué sirven

Antes de comparar los 11 términos, ubiquemos qué resuelven realmente los Incoterms y qué se les suele atribuir por error.

Los Incoterms son reglas de la Cámara de Comercio Internacional (ICC) que marcan las tareas, los costes y los riesgos de cada parte en una compraventa internacional. Si los eliges y los escribes bien, puedes evitar muchos líos sobre la entrega de la mercancía.

Funciones en una operación internacional

Los Incoterms deciden quién organiza y paga partes concretas del transporte. Según el término, determinan quién debe:

  • Preparar y embalar la mercancía.

  • Entregarla en un punto acordado.

  • Contratar el transporte principal.

  • Gestionar los trámites de exportación e importación.

  • Pagar determinados costes logísticos.

  • Contratar un seguro si el término lo exige.

También marcan cuándo pasa el riesgo del vendedor al comprador. Este momento no siempre coincide con la llegada de la mercancía al destino ni con la transferencia de propiedad. Por ejemplo, un término puede obligar al vendedor a pagar el transporte hasta el destino, aunque el riesgo pase antes al comprador.

¡Importante! Debes escribir el término junto con un lugar específico, como CIP Madrid, Incoterms® 2020. La versión vigente publicada por la ICC es Incoterms® 2020; no hay una edición oficial “Incoterms® 2026”.

Límites de aplicación y aspectos que no regulan

Los Incoterms solo regulan ciertos elementos de la entrega de mercancías entre vendedor y comprador. No sustituyen el contrato de compraventa ni fijan el precio, la forma de pago, la moneda, las sanciones por incumplimiento o la legislación aplicable.

Tampoco determinan por sí solos:

  • Cuándo se transmite la propiedad.

  • Las especificaciones de calidad o cantidad.

  • Las garantías del producto.

  • La solución de controversias.

  • Los aranceles aplicables en cada país.

  • Las restricciones sobre productos concretos.

Revisa si el término elegido sirve para el medio de transporte previsto. FAS, FOB, CFR y CIF se reservan para transporte marítimo o por vías navegables interiores. Para cargas contenerizadas o transporte combinado, suelen ser mejores términos como FCA, CPT o CIP.

¡Que no se te pase! El seguro incluido en CIF o CIP tiene un alcance y unas condiciones concretas; no cubre automáticamente todos los daños posibles.

Novedades y vigencia de la edición 2020 en 2026

Vale la pena aclarar esto antes de seguir: no existe una versión “Incoterms 2026”, y aquí está el porqué.

En 2026, la edición vigente de las reglas Incoterms® sigue siendo la versión 2020 de la Cámara de Comercio Internacional (ICC). No existe una edición oficial Incoterms® 2026, aunque los cambios aduaneros, arancelarios y digitales pueden afectar la forma en que aplicas estas reglas.

Por qué no existe una edición Incoterms 2026

La ICC no publica una nueva edición cada año. Solo revisa las reglas cuando ve necesario actualizar su contenido, así que la versión 2020 sigue vigente hasta que salga otra edición oficial.

Las 11 reglas actuales siguen definiendo responsabilidades concretas sobre:

  • Entrega y transferencia del riesgo

  • Transporte y costos asociados

  • Despacho de exportación e importación

  • Seguro, cuando la regla lo exige

  • Documentos y obligaciones de seguridad

Cambios en aranceles, controles aduaneros, sanciones o sistemas digitales no modifican por sí solos el significado de un Incoterm. Si tienes requisitos nuevos en una operación de 2026, debes reflejarlos en el contrato, la orden de compra o las instrucciones logísticas.

¡Importante! Cuando elijas una regla, escribe la referencia completa: “CIF Puerto de Valencia, Incoterms® 2020”. También revisa si el término elegido corresponde al medio de transporte y si asigna bien los costos y riesgos de tu operación.

Uso contractual de versiones anteriores

Puedes pactar una versión anterior si ambas partes la identifican de forma clara. Las reglas Incoterms® no sustituyen automáticamente una versión previa que ya esté en un contrato, una oferta aceptada o una orden de compra.

Por ejemplo, una cláusula como “FOB Shanghái, Incoterms® 2010” sigue siendo válida, salvo que las partes decidan cambiarla. No basta con escribir “FOB” o “Incoterms”, porque esa redacción puede generar dudas sobre la edición aplicable y sobre las obligaciones de cada parte.

Antes de firmar, revisa estos puntos:

  • Edición utilizada, como 2020 o 2010.

  • Lugar exacto de entrega, con puerto, terminal o dirección.

  • Regla compatible con la carga y el transporte.

  • Costos no cubiertos expresamente, como aranceles, almacenaje o inspecciones.

  • Documentos adicionales, como certificados, licencias o requisitos de seguridad.

Si cambias una operación existente, registra el cambio por escrito y deja claro qué cláusulas reemplaza.

Tabla comparativa de los 11 términos

Aquí está la tabla que probablemente buscabas: los 11 términos, uno junto al otro, para comparar de un vistazo.

Los Incoterms® 2020 siguen siendo la versión vigente en 2026. La tabla muestra quién organiza y paga cada etapa, cuándo cambia el riesgo y qué términos puedes usar con cualquier transporte o solo por vía marítima.

Distribución de costes, riesgos y obligaciones

Término

Transporte principal

Riesgo del vendedor al comprador

Seguro

EXW

Lo contrata el comprador

Al recoger la mercancía en las instalaciones del vendedor

Comprador

FCA

Según lo pactado

Al entregar la mercancía al transportista

Comprador, salvo acuerdo

CPT

Lo contrata el vendedor

Al entregar la mercancía al primer transportista

Comprador

CIP

Lo contrata el vendedor

Al entregar la mercancía al primer transportista

Vendedor

DAP

Lo contrata el vendedor

En el destino, antes de descargar

Comprador

DPU

Lo contrata el vendedor

En el destino, después de descargar

Comprador

DDP

Lo contrata el vendedor

En el destino, antes de descargar

Vendedor, salvo acuerdo

Con EXW, tú asumes casi todas las operaciones desde el establecimiento del vendedor, incluida la carga, cuando sea posible. FCA suele funcionar mejor si necesitas que el vendedor cargue la mercancía y gestione la exportación.

En CPT y CIP, el vendedor paga el transporte principal, pero el riesgo cambia antes de que la mercancía llegue a destino. Con DAP, tú gestionas la importación y descargas la mercancía. DPU obliga al vendedor a descargarla.

¡Que no se te pase! DDP le asigna también el despacho de importación, los impuestos y los aranceles, así que verifica que el vendedor pueda cumplir esas obligaciones en tu país.

Clasificación por modo de transporte

Términos para cualquier modo

Términos solo marítimos o por vías navegables

EXW, FCA, CPT, CIP, DAP, DPU y DDP

FAS, FOB, CFR y CIF

Términos aplicables a cualquier modalidad de transporte

Vamos ahora término por término. Empezamos con los 7 que puedes usar sin importar el medio de transporte.

Estas reglas reparten costos, tareas y riesgos entre vendedor y comprador. La diferencia principal está en el punto de entrega, la contratación del transporte, el seguro y la responsabilidad de los trámites aduaneros.

EXW: En fábrica

Con EXW, el vendedor pone la mercancía a disposición en sus instalaciones, como una fábrica, almacén o taller. La entrega ocurre antes de cargarla en el vehículo del comprador. Desde ese momento, asumes casi todos los costos y riesgos.

Debes contratar la carga, el transporte principal, el seguro si lo necesitas y la descarga en destino. También gestionas la exportación, el tránsito y la importación.

¡Que no se te pase! En operaciones internacionales, EXW puede crear problemas porque el comprador extranjero no siempre puede hacer los trámites de exportación en el país del vendedor. Para exportaciones, FCA suele ser más práctico, porque el vendedor puede encargarse del despacho de exportación.

FCA: Franco transportista

Con FCA, el vendedor entrega la mercancía al transportista que tú elijas. El lugar acordado marca las obligaciones de cada parte.

Si la entrega ocurre en las instalaciones del vendedor, él carga la mercancía en tu vehículo. Si es en otro punto, el vendedor lleva la carga hasta allí, pero normalmente no la descarga.

El vendedor gestiona el despacho de exportación. Tú contratas y pagas el transporte principal, el seguro si quieres, la importación y la entrega final.

El riesgo pasa a ti cuando el transportista recibe la mercancía en el punto pactado. FCA funciona con carretera, tren, avión, barco o combinaciones, y también va bien para mercancía en contenedores, porque la entrega suele hacerse antes de que el contenedor llegue a la terminal portuaria.

CPT: Transporte pagado hasta

Con CPT, el vendedor contrata y paga el transporte hasta el destino acordado. Sin embargo, el riesgo pasa a ti cuando el vendedor entrega la mercancía al primer transportista.

El vendedor hace el despacho de exportación y entrega los documentos necesarios. Tú asumes el riesgo durante el transporte, además del despacho de importación, los impuestos, la descarga y cualquier transporte posterior.

CPT no obliga al vendedor a contratar un seguro. Si la mercancía tiene mucho valor o viaja por rutas complicadas, mejor contrata tú una póliza. Indica con precisión el lugar de destino, porque ese punto define hasta dónde paga el vendedor, aunque no marque la transferencia del riesgo.

CIP: Transporte y seguro pagados hasta

Con CIP, el vendedor paga el transporte hasta el destino indicado y contrata un seguro. El riesgo pasa a ti cuando la mercancía se entrega al primer transportista, no cuando llega al destino.

Por eso, el seguro protege tu riesgo durante el trayecto. La regla CIP exige una cobertura amplia, normalmente equivalente a las cláusulas de carga del Instituto (A), salvo que acuerdes otra cosa.

La cobertura debe alcanzar, como mínimo, el valor establecido por la regla y cumplir las condiciones del contrato. Tú pagas la importación, los aranceles, los impuestos y los costos posteriores al destino pactado.

Revisa la póliza, el importe asegurado, las exclusiones y el procedimiento para presentar reclamaciones. CIP sirve para cualquier tipo de transporte, incluidos envíos multimodales y contenedores.

DAP: Entregado en lugar

Con DAP, el vendedor lleva la mercancía hasta el destino acordado y la pone a tu disposición en el vehículo de llegada. Llega lista para descargarse, pero el vendedor no la descarga.

El riesgo pasa a ti en ese punto. El vendedor contrata y paga el transporte, hace el despacho de exportación y cubre los costos de tránsito cuando correspondan.

Tú descargas la mercancía y gestionas la importación, incluidos permisos, aranceles, impuestos y otros cargos. DAP puede aplicarse a una terminal, un almacén, una obra o cualquier otro punto claramente definido.

¡Toma en cuenta! Especifica la dirección y confirma si el lugar permite el acceso del vehículo. Si necesitas que el vendedor descargue la mercancía, DPU puede ajustarse mejor.

DPU: Entregado en lugar descargado

Con DPU, el vendedor entrega la mercancía descargada en el destino acordado. Es la única regla que obliga al vendedor a hacerse cargo de la descarga.

El riesgo pasa a ti después de que la mercancía queda descargada y disponible. El vendedor contrata el transporte, realiza la exportación y cubre los costos hasta ese punto.

Tú gestionas la importación, pagas los aranceles e impuestos y organizas cualquier traslado posterior. También tienes que verificar que el lugar tenga equipos y condiciones seguras para descargar la carga.

DPU puede servir para una terminal, un almacén, una obra o un centro de distribución. Describe con exactitud el punto de entrega y comprueba quién puede operar grúas, montacargas u otros equipos. Si el vendedor no puede descargar, usa DAP en lugar de DPU.

DDP: Entregado derechos pagados

Con DDP, el vendedor asume casi todas las obligaciones. Lleva la mercancía hasta el lugar acordado, hace el despacho de exportación, gestiona el tránsito y tramita la importación.

También paga aranceles, impuestos y otros cargos oficiales, además del transporte hasta la entrega. El riesgo pasa a ti cuando la mercancía llega al destino, lista para descargarse.

Tú debes descargarla, salvo que el contrato indique otra cosa. El vendedor no tiene que contratar un seguro, aunque puede hacerlo para proteger su propio riesgo.

¡Importante! DDP exige revisar si el vendedor puede actuar legalmente como importador en tu país. Algunas jurisdicciones limitan que una empresa extranjera gestione la importación o pague ciertos impuestos. Si esa operación no es viable, puedes negociar DAP y asumir tú los trámites y costos de importación.

Términos exclusivos para transporte marítimo y vías navegables

Ahora los 4 términos que solo aplican si tu carga viaja por mar o por vías navegables interiores.

Estos cuatro términos se usan cuando la carga viaja por mar o por vías navegables interiores. La diferencia principal está en el punto donde transfieres el riesgo y en quién paga la carga, el transporte principal y el seguro.

FAS: Franco al costado del buque

Con FAS (Free Alongside Ship), el vendedor entrega la mercancía junto al buque que tú designes, en el puerto de embarque acordado. La carga queda en el muelle o en una barcaza, lista para subir al barco.

En ese momento, el riesgo pasa del vendedor a ti. El vendedor se encarga de embalar la mercancía, preparar los documentos, transportarla hasta el puerto, hacer los trámites de exportación y colocarla al costado del buque.

Tú contratas y pagas:

-La carga a bordo

-El flete marítimo

-El seguro (si lo deseas) 

-La descarga en destino

-Los trámites de importación. 

También asumes el riesgo si la mercancía sufre daños después de quedar junto al buque.

FAS resulta útil para cargas a granel, maquinaria pesada o mercancías que puedes cargar directamente mediante equipos portuarios. No suele ser la opción adecuada para contenedores, porque el vendedor normalmente entrega el contenedor en una terminal antes de que pueda colocarse junto al barco.

FOB: Franco a bordo

Con FOB (Free On Board), el vendedor entrega la mercancía cuando queda cargada a bordo del buque que tú has designado. El riesgo pasa a ti en ese punto.

El vendedor paga y organiza las operaciones necesarias hasta completar la carga. Cubre el transporte interno hasta el puerto, la exportación y la carga a bordo.

Tú contratas el flete marítimo, pagas el transporte desde el puerto de embarque, gestionas la importación y asumes el seguro, salvo que acuerdes otra cobertura fuera del Incoterm. FOB exige que definas con precisión el puerto de embarque y el buque.

¡Que no se te pase! Si la carga se daña después de quedar a bordo, el riesgo ya es tuyo. Si se daña antes, el vendedor responde según las condiciones del contrato. Para mercancía en contenedores, suele ser más apropiado FCA, porque el vendedor entrega el contenedor en la terminal.

CFR: Coste y flete

Con CFR (Cost and Freight), el vendedor paga el transporte de la mercancía hasta el puerto de destino indicado. El riesgo pasa a ti cuando la mercancía queda a bordo del buque en el puerto de embarque.

El vendedor prepara y embala la carga, tramita la exportación, la carga a bordo y contrata el flete hasta el puerto de destino. Tú asumes el riesgo durante el transporte marítimo y debes contratar el seguro si quieres proteger la mercancía.

También pagas la descarga, los impuestos, el despacho de importación y el transporte posterior, salvo que el contrato establezca otra distribución de ciertos costes portuarios.

CFR puede generar confusión porque el vendedor paga el flete, pero tú asumes el riesgo desde el embarque. Indica siempre el puerto de destino con exactitud y revisa qué gastos incluye el contrato de transporte.

CIF: Coste, seguro y flete

Con CIF (Cost, Insurance and Freight), el vendedor paga el transporte hasta el puerto de destino y contrata un seguro para la mercancía. Sin embargo, el riesgo pasa a ti cuando la carga queda a bordo del buque en el puerto de embarque, no cuando llega al destino.

El vendedor gestiona la exportación, la carga a bordo, el flete marítimo y un seguro mínimo conforme a la regla CIF. Esa cobertura puede ser limitada y podría no proteger todos los riesgos, daños o pérdidas que te interesen.

Tú debes revisar la póliza y pedir una cobertura más amplia si el valor o la naturaleza de la carga lo exige. También pagas la importación, los impuestos, la descarga cuando corresponda y el transporte hasta el destino final.

CIF se aplica a mercancías transportadas por mar o vías navegables interiores. Para contenedores, CIP suele ofrecer una estructura más adecuada, especialmente cuando la carga pasa por una terminal antes de subir al buque.

Transferencia del riesgo en cada término

Este es probablemente el punto que más confusión genera. Vamos a dejarlo bien claro, término por término.

El riesgo cambia de vendedor a comprador en un punto concreto de la operación. Para aplicarlo bien, identifica el lugar de entrega, el medio de transporte y el momento exacto en que la mercancía queda bajo tu responsabilidad.

Punto de entrega y momento de transmisión

En los términos EXW, FCA, CPT, CIP, DAP, DPU y DDP, puedes usar cualquier medio de transporte. En FAS, FOB, CFR y CIF, te toca usar transporte marítimo o vías navegables interiores.

Incoterm

Momento en que el riesgo pasa al comprador

EXW

Cuando el vendedor pone la mercancía a disposición en sus instalaciones, sin cargarla.

FCA

Cuando el vendedor entrega la mercancía al transportista designado, en el lugar acordado.

FAS

Cuando la mercancía queda colocada junto al buque, en el puerto de salida.

FOB

Cuando la mercancía queda cargada a bordo del buque.

CPT/CIP

Cuando el vendedor entrega la mercancía al primer transportista, aunque pague el transporte hasta destino.

CFR/CIF

Cuando la mercancía queda a bordo del buque en el puerto de salida.

DAP

Cuando la mercancía llega al destino, lista para descargar.

DPU

Después de que el vendedor descarga la mercancía en el destino acordado.

DDP

Cuando la mercancía llega al destino, despachada para importación y lista para descargar.

¡Que no se te pase! Es fundamental escribir el lugar con precisión en el contrato. “DAP Madrid” no dice mucho, pero “DAP, almacén del comprador, Calle X, Madrid, Incoterms® 2020” sí lo deja claro.

Diferencias entre riesgo, propiedad y pago

La transferencia del riesgo marca quién se hace cargo de la pérdida o daño desde cierto momento. Eso no significa que el vendedor deje de pagar el transporte.

Por ejemplo, con CIP, el vendedor contrata y paga el transporte y el seguro hasta el destino, pero el riesgo se traslada al comprador cuando entrega la mercancía al primer transportista.

La propiedad de la mercancía depende de lo que acuerdes en el contrato y de la ley aplicable. Los Incoterms no dicen cuándo cambia la titularidad. Deberías fijar ese punto aparte, junto con las condiciones de pago, los documentos necesarios y qué pasa si hay incumplimiento.

El seguro tampoco cambia la responsabilidad de forma automática. CIF y CIP obligan al vendedor a contratar una cobertura mínima, salvo que acuerdes algo mejor. En los demás términos, hay que dejar claro quién contrata el seguro y desde cuándo cubre los riesgos.

Reparto de costes logísticos y aduaneros

Además del riesgo, está el dinero: veamos quién paga qué en cada etapa de la operación.

El Incoterm que elijas decide qué gastos asume cada parte y cuándo cambia el riesgo sobre la mercancía. Conviene separar transporte, manipulación, trámites aduaneros, aranceles e impuestos, porque no siempre los paga la misma persona.

Transporte principal, carga y descarga

El transporte principal mueve la mercancía desde el punto de salida hasta el destino. Con EXW, normalmente tú, como comprador, contratas casi todo desde las instalaciones del vendedor. Con FCA, el vendedor entrega la mercancía al transportista que tú eliges y se encarga de la exportación.

En CPT y CIP, el vendedor paga el transporte hasta el destino, pero el riesgo pasa a ti cuando entrega la mercancía al primer transportista. CIP además exige que el vendedor contrate un seguro más amplio que CIF.

En DAP, DPU y DDP, el vendedor organiza el transporte hasta el destino que acordéis. La descarga puede traer complicaciones: en DAP, normalmente tú pagas la descarga, pero en DPU el vendedor debe descargar la mercancía.

En DDP, el vendedor asume casi todos los costes hasta la entrega, incluso los trámites de importación.

Exportación, importación, aranceles e impuestos

El vendedor suele encargarse y pagar la exportación con FCA, CPT, CIP, DAP, DPU y DDP. Con EXW, puede que tú tengas que organizar ese trámite, aunque la normativa local a veces complica que un comprador extranjero actúe como exportador.

La importación depende del término. Con DAP y DPU, tú gestionas el despacho de importación y pagas aranceles, IVA u otros impuestos. Con DDP, el vendedor asume esas obligaciones y costes, siempre que pueda actuar legalmente como importador en el país de destino.

Concepto

DAP / DPU

DDP

Despacho de exportación

Vendedor

Vendedor

Despacho de importación

Comprador

Vendedor

Aranceles e impuestos de importación

Comprador

Vendedor

Descarga en destino

Comprador en DAP; vendedor en DPU

Vendedor, según el punto acordado

¡Importante! Antes de usar DDP, asegúrate de quién puede registrarse ante la aduana y recuperar el IVA.

Seguro de mercancías y coberturas exigidas

El seguro es uno de los puntos donde más se equivocan las empresas. Veamos qué exige cada regla y qué no.

El seguro depende del Incoterm y del punto en que se transfiere el riesgo. En CIP y CIF, el vendedor debe contratar una cobertura mínima, pero puedes pedir una protección más amplia según la carga y la ruta.

Obligaciones específicas en CIP y CIF

En CIP (Carriage and Insurance Paid To), el vendedor contrata transporte y seguro hasta el destino. Sin embargo, el riesgo pasa al comprador cuando el vendedor entrega la mercancía al primer transportista. Por eso, la cobertura debe empezar desde ese momento y mantenerse durante el trayecto.

En CIF (Cost, Insurance and Freight), el vendedor paga flete y seguro hasta el puerto de destino. El riesgo se transfiere cuando la mercancía queda cargada a bordo del buque en el puerto de salida. CIF solo sirve para transporte marítimo o por vías navegables interiores.

Regla

Cobertura mínima habitual

Transferencia del riesgo

CIP

Cobertura amplia, normalmente equivalente a Institute Cargo Clauses (A)

Entrega al primer transportista

CIF

Cobertura mínima, normalmente equivalente a Institute Cargo Clauses (C)

Carga a bordo del buque

El contrato debe decir el importe asegurado, la moneda, las exclusiones, el beneficiario y cómo presentar reclamaciones. Las reglas Incoterms no sustituyen la póliza ni cubren todas sus condiciones.

Cómo elegir una cobertura adecuada

Antes de contratar, piensa en los riesgos de tu mercancía. Los productos frágiles, perecederos, peligrosos o de alto valor pueden necesitar protección extra: roturas, humedad, oxidación, cambios de temperatura, robo y daños durante la carga o descarga.

Revisa estos puntos:

  • Valor asegurado: suma el valor de la mercancía y, si hace falta, flete, aranceles y un margen adicional.

  • Alcance territorial: mira bien los países y puertos cubiertos.

  • Exclusiones: revisa si la póliza excluye embalaje deficiente, vicio propio, demora, guerra o huelgas.

  • Deducible: calcula cuánto te tocaría pagar por cada siniestro.

  • Documentación: guarda factura comercial, lista de empaque, conocimiento de embarque, fotos y registros de entrega.

¡Que no se te pase! Si compras bajo EXW, FCA, FOB, CFR o CPT, el vendedor no tiene que contratar un seguro para ti. Puedes buscar una póliza propia o pedir por escrito una cobertura adicional, con su coste bien separado.

Cómo seleccionar la regla adecuada para cada operación

Con los 11 términos ya claros, toca la pregunta práctica: ¿cuál te conviene a ti según tu operación?

Tienes que elegir el Incoterm según tipo de mercancía, transporte, lugar exacto de entrega y el control que cada parte puede ejercer. También conviene confirmar quién contrata el seguro, quién gestiona las aduanas y cuándo se transfiere el riesgo.

Criterios según mercancía, ruta y poder de negociación

Para mercancía a granel, sobredimensionada o peligrosa, revisa primero las exigencias de carga, terminal y transporte. Si usas varios medios, sobre todo contenedor, suelen funcionar mejor FCA, CPT, CIP, DAP o DDP que FOB o CIF. Estos últimos se reservan para transporte marítimo o por vías navegables interiores cuando la entrega ocurre junto al buque o a bordo.

Analiza la ruta completa: origen, puerto, tránsito, destino y despacho de importación. Elige un lugar de entrega preciso, como DAP almacén del comprador, Madrid, y no solo “DAP España”. La precisión evita disputas sobre maniobras, almacenaje y demoras.

Tu poder de negociación cuenta. Si controlas el transporte y tienes agentes aduanales en ambos países, puedes asumir más responsabilidades con FCA o CPT. Si prefieres recibir la carga sin gestionar la importación, DAP suele ser adecuado. Usa DDP solo si el vendedor puede importar legalmente y pagar impuestos en el país de destino.

Errores frecuentes al elegir EXW, FOB y DDP

Con EXW, el comprador asume casi todo desde las instalaciones del vendedor: cargamento, exportación y transporte. Esto puede ser un lío si no puedes realizar el despacho de exportación en el país de origen. Para mercancía exportada, FCA suele ser más práctico, porque el vendedor gestiona la exportación.

¡Importante! FOB no suele cuadrar para contenedores entregados en una terminal. El riesgo pasa cuando la carga queda a bordo del buque, pero el vendedor no siempre controla lo que ocurre antes. En esos casos, considera FCA y especifica la terminal de entrega.

Con DDP, el vendedor asume transporte, importación, aranceles e impuestos. No lo aceptes sin comprobar que puede cumplir las normas fiscales y aduaneras locales. Si esa gestión resulta compleja, DAP te permite hacer la importación mientras el vendedor entrega la mercancía donde acuerden.

Cómo redactar correctamente la cláusula contractual

Elegir el término correcto no sirve de mucho si lo escribes mal en el contrato. Aquí está la fórmula.

Una cláusula precisa debe identificar la regla aplicable, el lugar exacto y la versión vigente. Además, conviene separar el Incoterm de otros acuerdos sobre precio, transporte, seguro, aduanas y documentos.

Estructura recomendada de la referencia

Redacta la referencia así: [Incoterm] + [lugar o puerto exacto] + Incoterms® 2020. Por ejemplo: FCA, Almacén del vendedor, Monterrey, Nuevo León, México, Incoterms® 2020.

Indica siempre el punto donde entregas la mercancía y donde se transmite el riesgo. No uses términos vagos como “puerto de destino” o “fábrica del proveedor”.

Si usas DAP, señala la dirección completa de entrega. Cuando emplees FOB o CIF, identifica el puerto de embarque o destino y asegúrate de que la operación es marítima o por vías navegables interiores.

Agrega datos que el Incoterm no cubre:

  • Precio y moneda.

  • Fecha o periodo de entrega.

  • Tipo de transporte y ruta.

  • Quién contrata y paga cada servicio.

  • Cobertura y monto del seguro, si aplica.

  • Requisitos de embalaje, inspección y documentos.

  • Procedimiento para avisos, retrasos y daños.

¡Que no se te pase! No pongas “DDP según acuerdo” sin detallar más. Especifica quién paga impuestos, aranceles, permisos y trámites de importación en destino.

Ejemplos de redacción y documentación de respaldo

Puedes usar una cláusula como esta:

“El vendedor entregará 500 unidades de acuerdo con DAP, Avenida Central 1450, Bogotá, Colombia, Incoterms® 2020. El vendedor contratará y pagará el transporte hasta dicho lugar. El comprador realizará la importación y pagará los aranceles, impuestos y demás cargas de ingreso.”

Para una operación marítima, puedes establecer:

“La venta se pacta bajo CIF, Puerto de Veracruz, México, Incoterms® 2020. El vendedor contratará el transporte marítimo y el seguro conforme al nivel mínimo exigido por la regla. El riesgo pasará al comprador cuando la mercancía quede cargada a bordo del buque en el puerto de embarque.”

Guarda como respaldo la factura comercial, la orden de compra, la lista de empaque, el conocimiento de embarque o guía aérea, el certificado de seguro, los permisos y los comprobantes de despacho.

Verifica que todos los documentos indiquen el mismo Incoterm, lugar y versión. Si la orden de compra y la factura no coinciden, podrías tener problemas sobre costes, riesgo o responsabilidad.

Preguntas frecuentes

Un resumen rápido en formato de preguntas y respuestas, ideal si ya conoces el tema y solo buscas confirmar un punto específico.

Los Incoterms® 2020 siguen vigentes en 2026. Estas reglas aclaran la entrega, los costes, las obligaciones aduaneras y el momento en que el riesgo pasa del vendedor al comprador.

¿Qué son los Incoterms 2026 y para qué sirven en el comercio internacional?

Los Incoterms® son 11 reglas publicadas por la Cámara de Comercio Internacional. Puedes usarlas en un contrato de compraventa para definir quién organiza el transporte, realiza los trámites aduaneros, paga ciertos costes y asume el riesgo durante el trayecto.

No regulan el precio, la forma de pago, la propiedad de la mercancía ni las sanciones por incumplimiento. Debes indicar la regla, el lugar exacto y la edición aplicable, por ejemplo: FCA Valencia, España, Incoterms® 2020.

¿Cuáles son las diferencias principales entre EXW, FCA, FOB, CIF, DAP, DPU y DDP?

  • EXW: el vendedor pone la mercancía a disposición en sus instalaciones. Tú asumes casi todos los costes, riesgos, carga y trámites de exportación.

  • FCA: el vendedor entrega la mercancía al transportista designado y, cuando corresponde, realiza la exportación. Sirve para cualquier modo de transporte.

  • FOB: el vendedor entrega la mercancía a bordo del buque en el puerto de salida. Úsalo solo para transporte marítimo o por vías navegables interiores.

  • CIF: el vendedor paga el transporte y un seguro mínimo hasta el puerto de destino, pero el riesgo pasa cuando la mercancía queda a bordo en el puerto de salida.

  • DAP: el vendedor lleva la mercancía hasta el lugar acordado, lista para descargar. Tú realizas la importación y pagas los impuestos correspondientes.

  • DPU: el vendedor entrega y descarga la mercancía en el lugar acordado. Tú gestionas la importación y sus costes.

  • DDP: el vendedor asume la entrega, la exportación, el transporte y la importación, incluidos los derechos e impuestos, salvo la descarga.

¿Qué Incoterms son aplicables al transporte marítimo y cuáles sirven para cualquier modo de transporte?

Puedes usar EXW, FCA, CPT, CIP, DAP, DPU y DDP con cualquier modo de transporte, incluido el transporte combinado o multimodal. Estas reglas suelen adaptarse mejor a contenedores que todavía no se han cargado a bordo de un buque.

FAS, FOB, CFR y CIF aplican solo para transporte marítimo o por vías navegables interiores. En estas reglas, la entrega está relacionada con el buque o con la mercancía colocada a bordo.

¿En qué momento se transmite el riesgo del vendedor al comprador en cada Incoterm?

Incoterm

Momento en que pasa el riesgo

EXW

Cuando el vendedor pone la mercancía a disposición en el lugar acordado, normalmente sin cargarla.

FCA

Cuando entrega la mercancía al transportista o en el punto acordado.

CPT

Cuando entrega la mercancía al primer transportista, aunque el vendedor pague el transporte hasta destino.

CIP

Igual que en CPT: al entregar la mercancía al primer transportista.

DAP

Cuando la mercancía llega al destino, lista para descargar.

DPU

Después de que el vendedor descarga la mercancía en el destino acordado.

DDP

Cuando la mercancía llega al destino, lista para descargar y después de completar la importación.

FAS

Cuando la mercancía queda colocada junto al buque en el puerto de salida.

FOB

Cuando la mercancía queda a bordo del buque.

CFR

Cuando la mercancía queda a bordo del buque en el puerto de salida.

CIF

Igual que en CFR: cuando la mercancía queda a bordo del buque en el puerto de salida.

El pago del transporte no define cuándo se transmite el riesgo. Por ejemplo, en CIF y CFR el vendedor paga el transporte principal, pero tú asumes el riesgo desde la carga a bordo en el puerto de salida.

¿Quién asume los costes de transporte, seguro, aduanas e impuestos según cada término?

Incoterm

Transporte principal

Seguro

Exportación

Importación e impuestos

EXW

Comprador

Comprador, si lo contrata

Normalmente comprador

Comprador

FCA

Comprador

Comprador, si lo contrata

Vendedor

Comprador

CPT

Vendedor

Comprador, salvo acuerdo

Vendedor

Comprador

CIP

Vendedor

Vendedor contrata cobertura amplia

Vendedor

Comprador

DAP

Vendedor

Vendedor no está obligado a asegurarlo

Vendedor

Comprador

DPU

Vendedor

Vendedor no está obligado a asegurarlo

Vendedor

Comprador

DDP

Vendedor

Vendedor no está obligado a asegurarlo

Vendedor

Vendedor

FAS

Comprador

Comprador, si lo contrata

Vendedor

Comprador

FOB

Comprador

Comprador, si lo contrata

Vendedor

Comprador

CFR

Vendedor

Comprador, si lo contrata

Vendedor

Comprador

CIF

Vendedor

Vendedor contrata cobertura mínima

Vendedor

Comprador

¡Que no se te pase! Los derechos de importación, el IVA u otros impuestos suelen recaer en el comprador, excepto con DDP. Siempre revisa el contrato, porque algunos costes locales, recargos portuarios y gastos de descarga dependen del lugar y de las condiciones concretas.

¿Cómo elegir el Incoterm más adecuado para una operación de importación o exportación?

Primero, piensa quién controla el transporte y quién se encarga de los trámites de exportación e importación. Si compras mercancía contenerizada, FCA suele ser más claro que FOB cuando la entrega ocurre antes de cargar en el buque.

Elige CPT o CIP si el vendedor puede contratar el transporte hasta el destino. Usa CIP si prefieres que el vendedor contrate un seguro más amplio. Si quieres controlar el transporte principal, puedes mirar FCA, FAS o FOB. La elección depende del modo de transporte y el punto de entrega.

DAP funciona cuando el vendedor entrega en tus instalaciones, pero tú te encargas de la importación. DPU añade que el vendedor también paga y gestiona la descarga. DDP solo tiene sentido si el vendedor puede cumplir legalmente con las obligaciones de importación en tu país. Si no puede hacerlo, mejor evitarlo.

Siempre especifica el lugar exacto, el punto de entrega, quién paga la descarga y cómo se gestionan seguros, recargos e impuestos. Un término mal elegido puede dejarte con riesgos o trámites fuera de tu control.

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